domingo, 24 de mayo de 2015
ORGANISMOS NACIONALES VINCULADOS A LA ACTIVIDAD PRESUPUESTARIA
ORGANISMOS NACIONALES VINCULADOS A LA ACTIVIDAD PRESUPUESTARIA (FUENTE: PAGINAS WEB DE LOS ORGANISMOS
• OFINA NACIONAL DE PRESUPUESTO: ONAPRE
A partir de 1958, se inició en Venezuela un proceso de Reforma en la Administración Pública cuyo objetivo era adecuarla a las exigencias que planteaba el Estado Moderno. De manera casi simultánea se comienzan a realizar los estudios que daban como resultado la implantación del "Sistema de Planificación" (Decreto 492 del 30 de Diciembre de 1958), creación de la Comisión de la Administración Pública Nacional (Decreto 287, del 27 de Junio de 1958) e inicio de la modernización del Sistema Presupuestario, con la entrega al Soberano Congreso de la República del Presupuesto por Programas como un anexo explicativo de la Ley de Presupuesto por Programas, que se seguía presentando bajo la concepción tradicional, la promulgación de la Ley de Régimen Presupuestario, obligó de manera inmediata al Ejecutivo Nacional a poner en marcha una reforma presupuestaria y contable.
En cumplimiento a lo pautado en la Ley Orgánica del Régimen Presupuestario se creó la Oficina Central de Presupuesto (OCEPRE), como órgano rector del sistema presupuestario público venezolano, con una estructura administrativa básicamente similar a la que contaba la Dirección Nacional del Presupuesto, previo a la reforma presupuestaria, con excepción del Area de Presupuestos Regionales, que a partir de la creación de la OCEPRE implementó la figura de Coordinadores Regionales con sede en el interior del país, quienes tenían por función asistir a las Corporaciones Regionales, Gobernaciones de Estado y a los Concejos Municipales. La estructura original fué modificada en febrero de 1981 con el objeto de adecuarlas a los esquemas globales sectoriales y regionales previstos en el Plan de la Nación.
Con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, la cual propende la integración de la administración financiera del Estado, el cual se compone de los sistemas de presupuesto, crédito público, tesorería y contabilidad regulados por dicha ley, así como los sistemas tributario y de administración de bienes regulados por otras leyes, se ordena la organización del sistema, creando las Oficinas Nacionales, dentro de las cuales se instituye la Oficina Nacional de Presupuesto, ONAPRE.
A partir de 1958, se inició en Venezuela un proceso de Reforma en la Administración Pública cuyo objetivo era adecuarla a las exigencias que planteaba el Estado Moderno. De manera casi simultánea se comienzan a realizar los estudios que daban como resultado la implantación del "Sistema de Planificación" (Decreto 492 del 30 de Diciembre de 1958), creación de la Comisión de la Administración Pública Nacional (Decreto 287, del 27 de Junio de 1958) e inicio de la modernización del Sistema Presupuestario, con la entrega al Soberano Congreso de la República del Presupuesto por Programas como un anexo explicativo de la Ley de Presupuesto por Programas, que se seguía presentando bajo la concepción tradicional, la promulgación de la Ley de Régimen Presupuestario, obligó de manera inmediata al Ejecutivo Nacional a poner en marcha una reforma presupuestaria y contable.
Misión
“La Oficina Nacional de Presupuesto, es el Órgano rector del Sistema Presupuestario Público Nacional, proporcionando asistencia técnica en las diferentes etapas del proceso presupuestario a los órganos y entes regidos por la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público (L.O.A.F.S.P), con el fin de generar las condiciones que garanticen la gestión de las finanzas públicas, en el marco de los principios constitucionales y legales que la rigen.”
Visión
“La Oficina Nacional de Presupuesto se proyecta como la oficina rectora que integra a su función de control presupuestario, la interrelación con los demás sistemas administrativos y financieros públicos como mecanismo para el seguimiento de la productividad y/o eficiencia del gasto público mediante la innovación de sus procesos y el énfasis en la calidad de su recurso humano”.
1. Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que, para el sector público nacional, elabore el Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas.
2. Participar en la elaboración del plan operativo anual y preparar el presupuesto consolidado del sector público.
3. Participar en la preparación del proyecto de ley del marco plurianual del presupuesto del sector público nacional bajo los lineamientos de política económica y fiscal que elaboren, coordinadamente, el Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Desarrollo, el Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas y el Banco Central de Venezuela, de conformidad con la ley.
4.Preparar el proyecto de ley de presupuesto y todos los informes que sean requeridos por las autoridades competentes.
5.Analizar los proyectos de presupuesto que deban ser sometidos a su consideración y, cuando corresponda, proponer las correciones que considere necesarias
6. Aprobar, conjuntamente con la Oficina Nacional del Tesoro, la programación de la ejecución de la ley de presupuesto.
7. Preparar y dictar las normas e instrucciones técnicas relativas al desarrollo de las diferentes etapas del proceso presupuestario.
8. Asesorar en materia presupuestaria a los entes u órganos regidos por esta Ley.
9. Analizar las solicitudes de modificaciones presupuestarias que deban ser sometidas a su consideración y emitir opinión al respecto.
10. Evaluar la ejecución de los presupuestos aplicando las normas y criterios establecidos por esta Ley, su reglamento y las normas técnicas respectivas.
11. Informar al Ministro del Poder Popular para Economía y Finanzas, con la periodicidad que éste lo requiera, acerca de la gestión presupuestaria del sector público.
12. Las demás que le confiera la Ley.
JEFATURA DE LA OFICINA
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Rodolfo Medina del Río Jefe de la Oficina 0212-802-5649
Karelys De Los Angeles Briceño Cova Asistente 0212-802-5611
DIRECCIÓN GENERAL DE SECRETARÍA TÉCNICA
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Karelys De Los Angeles Briceño Cova Directora General 0212-802-5611
----- DIRECCIÓN DE CORRESPONDENCIA
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Dania Quiñones Directora 0212-802-5627
----- DIRECCIÓN DE DOCUMENTACIÓN
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Vacante Director 0212-802-5847
DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS Y RECURSOS ECONÓMICOS
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Sandra Ortíz Directora General 0212-802-5604
----- DIRECCIÓN DE ANÁLISIS CUANTITATIVO
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Belkys Silva Directora (E) 0212-802-5654
----- DIRECCIÓN DE ESTUDIOS FISCALES
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Belkys Silva Directora (E) 0212-802-5654
----- DIRECCIÓN DE FINANCIAMIENTO Y DEUDA
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Belkys Silva Directora (E) 0212-802-5654
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, PROGRAMACIÓN Y EVALUACIÓN
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Sandra Ortíz Directora General 0212-802-5604
----- DIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Mery Villaroel Directora 0212-802-55880
----- DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Yelitza Ramos Directora 0212-802-5657
----- DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Lorenzo Hernández Director(E) 0212-802-5622
----- DIRECCIÓN DE PASIVOS LABORALES DEL ESTADO
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Eglee Pérez Directora 0212-802-5607
DIRECCIÓN GENERAL DEL ÁREA DE PRESUPUESTOS REGIONALES
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Lourdes Beatriz Leal Directora General 0212-802-5635
----- DIRECCIÓN REGIÓN OCCIDENTAL
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Beatriz Daboin Directora 0212-802-5661
----- DIRECCIÓN REGIÓN ORIENTAL
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Vacante Directora 0212-802-5669
DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTOS DEL ÁREA SOCIAL Y GESTIÓN SUPERIOR DEL ESTADO
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Maribel Guerra Directora General 0212-802-5601
----- DIRECCIÓN DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Liliana Guzmán Directora (E) 0212-802-5848
----- DIRECCIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL Y ORGANISMOS CON AUTONOMÍA FUNCIONAL
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
José Elias Reyes Director 0212-802-5679
----- DIRECCIÓN DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Julia Martínez Directora 0212-802-5628
----- DIRECCIÓN SUPERIOR DEL ESTADO
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Maritza Morillo Directora 0212-802-5609
----- DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Ismenia Lurua Directora 0212-802-5641
----- DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Pedro Valera Director 0212-802-5623
DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO DEL ÁREA PRODUCTIVA Y FINANCIERA
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Marco Polo Cocenza Director General(E) 0212-802-5663
----- DIRECCIÓN DE ENERGÍA Y MINAS
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Betty Torres Directora 0212-802-5612
----- DIRECCIÓN DE AGUA Y SANEAMIENTO AMBIENTAL
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Elizabeth Montes de Oca Directora 0212-802-5662
----- DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Jonny Iriarte Director 0212-802-5637
----- DIRECCIÓN ECONÓMICA
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Argenis Rengel Director 0212-802-5829
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Luís Cabrera Director General 0212-802-5854
----- DIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Yomaira Torres Directora 0212-802-5812
----- DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Yamilet Belmonte Directora (E) 0212-802-5840
----- DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Aura Feijoo Directora (E) 0212-802-5823
CONSULTORÍA JURÍDICA
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Adriana Carolina Golding Directora 0212-802-5833
Rudolph White Adjunto Consultor Jurídico. 0212-802-5850
DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMÁTICA
Nombres y Apellidos Cargo Teléfono - Directo
Andrés Guzmán Barbosa Director General (E) 0212-802-5835
Yinny Morales Querales Director 0212-802-5835
UBICACION
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA Y FINANZAS.
AV. URDANETA, EDIFICIO NORTE, PISOS 4 Y 5, AL LADO DEL IVSS. CARACAS, DISTRITO CAPITAL, VENEZUELA.
LA OFICINA NACIONAL DEL TESORO
Reseña Histórica
MISION | LA GESTION EFECTIVA DEL SISTEMA DE TESORERIA A NIVEL NACIONAL
El 20 de Febrero de 1873 bajo mandato del General Guzmán Blanco, se crea el Código de Hacienda donde se identifica al Tesoro Nacional como, el producto líquido de las rentas que entren en las arcas de las Tesorerías Nacionales. Igualmente en la Ley XIII del mismo código, establece la Tesorería del Servicio Público en el Distrito Federal, servida por un Tesorero y un Interventor, teniendo como responsabilidad custodiar y distribuir por sí y por medio de agentes en los Estados, los fondos que con tal fin destine la ley sobre distribución de la renta, basándose para su inversión a los términos con que señale cada partida de ley de presupuesto de gastos públicos.
Para 1929, se crean mediante Reglamento de la Ley de Ministerios, cinco direcciones para el Ministerio de Hacienda, llevándola así a rango de Dirección del Tesoro. Para la década de los 70, el Ministerio de Hacienda diseña un nuevo esquema organizativo a fin de cumplir con mayor eficiencia las funciones que tiene asignadas creándose tres (3) Direcciones Generales, entre ellas la Dirección General de Finanzas Públicas, formando parte de esta estructura la Tesorería Nacional. Un diagnóstico del funcionamiento de la Tesorería Nacional para 1973, en los aspectos organizativos, financieros, administrativos y jurí¬dicos, a los efectos de su modernización, producen en esta oficina cambios en su estructura organizativa dirigidos a adecuar sus funciones al considerable aumento de las transacciones financieras realizadas por los organismos ejecutores del presupuesto, creándose la División de Planificación y Evaluación Financiera, quien tendría la responsabilidad de procesar la información sobre ingresos y pagos realizados con cargo al Tesoro Nacional.
En el año 1980, se eliminaron en la Tesorerí¬a Nacional algunas Receptorias de Fondos Nacionales y se trasladó el Servicio de Recaudación a los bancos, lográndose con esta medida reducir el gasto que ocasionaba el funcionamiento de dichas oficinas y mayor seguridad en la recaudación fiscal. En el año 1989, en atención a la reforma del Reglamento Orgánico del Ministerio de Hacienda, se eleva la Tesorerí¬a Nacional a nivel de Dirección General Sectorial y se modifica su estructura quedando conformada de la siguiente manera: Despacho del Director General Sectorial - Tesorero Nacional, Despacho del Director - Sub-Tesorero Nacional, Oficina Auxiliar de Servicios Administrativos, Oficina de Información y Estadí¬sticas, Oficina de Control de Ordenes de Pago, División de Control de Especies Fiscales, División de Contabilidad Fiscal y la División de Auditoria de Ingresos y Egresos Fiscales con los Departamentos de Auditoria de Egresos Fiscales y Auditoria de Ingresos Fiscales. Esta estructura fue aprobada por Cordiplan mediante Oficio No. 031 de fecha 11/09/1989.
En el año 1991, se reorganizó la Tesorería Nacional en la cual se cambia de denominación y jerarquía a la División de Auditoria de Ingresos y Egresos Fiscales por Dirección de Ingresos y Egresos Fiscales, así¬ como también hubo cambio de jerarquía de los Departamentos de Auditoria de Ingresos Fiscales y Auditoria de Egresos Fiscales por División de Auditoria de Ingresos Fiscales y División de Auditoria de Egresos Fiscales.
En 1993, se reorganizó la Tesorería Nacional, conformando una nueva dinámica orgánico-funcional, asegurando la ejecución adecuada de los objetivos con miras a la modernización y sistematización del sistema financiero, formalizando además el rango de Dirección General Sectorial que le corresponde, quedando estructurada de la manera siguiente: Despacho del Tesorero Nacional, Despacho del Sub-Tesorero, Oficina de Coordinación Administrativa, Oficina de Informática, División de Control de Ordenes de Pago, División de Control de Especies Fiscales, Dirección de Ingresos y Egresos Fiscales conformada por las Divisiones de Programación Financiera, Auditoria de Egresos y Auditoria de Ingresos y la Dirección de Estadísticas y Contabilidad Fiscal con las Divisiones de Estadísticas y Contabilidad Fiscal. Esta estructura fue aprobada por Cordiplan, mediante Oficio N° 0127 de fecha 08/09/93.
En el año 2000 se denomina Oficina Nacional del Tesoro, con la promulgación de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y desde el año 2007, logra obtener formalmente una nueva estructura Organizativa, que avale su funcionamiento y desempeño organizacional dentro del Sistema de Tesorería del País, siempre con miras a asegurar la ejecución adecuada de sus objetivos de cara a la modernización del Sistema Financiero Público Nacional.
Estructura Organizativa
CARLOS ERIK MALPICA F.
Tesorero Nacional
El despacho estaría a cargo del Tesorero Nacional, quien es la maxima autoridad de la Oficina Nacional del Tesoro, teniendo como objetivo dirigir y coordinar la cabal, oportuna, eficiente y segura atención de las operaciones relativas a la percepción y registro de todos los ingresos públicos nacionales, la custodia de fondos y valores, la planificación y programación financiera, ordenación de mandatos de pagos así como participar en los acuerdos de la política fiscal monetaria y finaciera.
Ubicación: Carmelitas a Altagracia, Edf. Norte del Ministerio de Finanzas, Caracas - Venezuela.
Teléfonos: (0212) 802 46 05 / 46 06.
Email: cemalpica@mf.gob.ve.
________________________________________
NELSON REINALDO LEPAJE S.
Sub Tesorero Nacional
El despacho estaría a cargo del Sub Tesorero Nacional, quien coordina la ejecución de las polí¬ticas y los lineamientos emanados del despacho del Tesorero Nacional, y supliría las faltas temporales, accidentales o absolutas de éste.
Ubicación: Carmelitas a Altagracia, Edf. Norte del Ministerio de Finanzas, Caracas - Venezuela.
Teléfonos: (0212) 802 46 05 / 46 06.
Email: nlepaje@mf.gob.ve.
________________________________________
DIRECCIONES
LISBHET LAVERDE
DIRECTORA DE CONSULTORIA JURͬDICA
TELÉFONOS: (0212) 802 46 05 / 46 06.
EMAIL: LLAVERDE@MF.GOB.VE YEINDRIA L. CAMACHO M.
DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
TELÉFONOS: (0212) 802 46 05 / 46 06.
EMAIL: YLCAMACHO@MF.GOB.VE
JEAN C. ITRIAGO.
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
TELÉFONOS: (0212) 802 46 05 / 46 06.
EMAIL:
ROLANDO RODRIGUEZ
DIRECTOR DE CUSTODIA VALOR Y COBRANZAS
TELÉFONOS: (0212) 802 46 05 / 46 06.
EMAIL: RORODRIGUEZ@MF.GOB.VE
PABLO GONZALEZ
DIRECTOR GENERAL DE PLANIFICACIÓN
Y ANALISIS FINANCIERO
TELÉFONOS: (0212) 802 46 05 / 46 06.
EMAIL: PGONZALEZ@MF.GOV.VE
JOSE PIMENTEL
DIRECTOR GENERAL DE EGRESOS (E)
TELÉFONOS: (0212) /.
EMAIL:
JENNIFER QUINTERO
DIRECTORA GENERAL DEL INGRESOS FISCALES
TELÉFONOS: (0212) 802 46 05 / 46 06.
EMAIL: JQUINTERO@MF.GOB.VE
ARGENIS J. RODRÍGUEZ
DIRECTOR GENERAL DE INVERSIONES Y VALORES
TELÉFONOS: (0212) 802 46 05 / 4606.
EMAIL: CCARLO@MF.GOB.VE
ANDREA BERMUDEZ
DIRECTOR DE EGRESOS EN MONEDA NACIONAL (E)
TELÉFONOS: (0212) 802 46 05 / 46 06.
EMAIL:
CARLOS MADRIZ
DIRECTOR DE PROGRAMACIÓN FINANCIERA (E)
TELÉFONOS: (0212) 802 46 05/46 06.
EMAIL: CMADRIZ@MF.GOB.VE
LOREAN DÍAZ
DIRECTOR DE EGRESOS EN MONEDA EXTRANJERA (E)
TELÉFONOS: (0212) 802 46 05 / 46 06.
EMAIL: LDIAZ@MF.GOB.VE
ERIKA RODRIGUEZ
DIRECTORA DE ANALISIS DE INGRESOS FISCALES (E)
TELÉFONOS: (0212) 802 46 05 / 46 06.
EMAIL:
MARIA PINEDA
DIRECTORA GENERAL DE
CUENTA UNICA (E)
TELÉFONOS: (0212) 802 46 05 / 46 06.
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HERNAN BONILLA
DIRECTOR DE SEGUIMIENTO DE CUENTAS (E)
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ó enviar un correo electrónico a la siguiente dirección
DIRECCIÓN: AV. URDANETA PARROQUIA ALTAGRACIA, ESQUINA DE VEROES, EDIFICIO BANCRECER, PISO 4. OFICINA NACIONAL DEL TESORO, MINISTERIO DE FINANZAS. CARACAS, VENEZUELA. info@mppef.gob.ve
OFICINA NACIONAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA (ONCOP)
Quiénes Somos?
La Oficina Nacional de Contabilidad Pública (ONCOP), es el órgano rector del Sistema de Contabilidad Pública, su creación se basa en el artículo 126 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público. Inició operaciones el 05 de agosto de 2003, con la designación del primer Jefe de la Oficina, según Resolución N° 1.403 publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 37.746.
Visión
Proyectarse y ser reconocida como la Institución de ámbito nacional, que implementa y administra el Sistema de Contabilidad Pública del Estado Venezolano, apoyando la gestión y misión del Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública en la idea de consolidar la transparencia financiera de los entes y organismos de la República.
Misión
Prescribir, organizar, implantar, evaluar y mantener el Sistema de Contabilidad para la República y sus entes descentralizados, así como dictar las normas de contabilidad que rigen al Estado venezolano.
Reseña Histórica
Mediante el Decreto N° 1.509, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 30.300 de fecha 10 de enero de 1974, fue creada la Dirección Nacional de Contabilidad Administrativa (artículo 1°), adscrita a la Dirección General de Finanzas Públicas del Ministerio de Hacienda. Dado que "La función de contabilidad y control del presupuesto nacional, especialmente la que corresponde al gasto público, requiere para su mejor cumplimiento, el establecimiento de una unidad técnico-administrativa que realice las labores de registro, análisis, investigación especialmente la que
corresponde al gasto público, requiere para su mejor cumplimiento, el establecimiento de una unidad técnico-administrativa que realice las labores de registro, análisis, investigación de información y formulación de recomendaciones, a objeto de que el Ejecutivo Nacional, como un todo, oriente su actuación en base a los informes relacionados con los problemas y con los objetivos de los diferentes campos de acción".
Esta Dirección Nacional estaba conformada por el Despacho del Director Nacional, la Oficina Auxiliar de Servicios Administrativos, la División de Sistemas y Procedimientos Contables, la División de Asistencia Técnica, y la División de Análisis y Procesamiento de Información.
Atribuciones
Artículo 131. La Oficina Nacional de Contabilidad Pública está dotada de capacidad de gestión administrativa, presupuestaria y financiera, con las siguientes atribuciones:
1. Unificar, centralizar y consolidar la contabilidad del sector público.
2. Establecer las políticas contables necesarias para el adecuado funcionamiento del Sistema de Contabilidad Pública de la República.
3. Establecer los principios, normas generales, técnicas y específicas de contabilidad, así como los procedimientos técnicos que se consideren necesarios para el adecuado funcionamiento del Sistema de Contabilidad Pública de la República y los demás entes que conforman el sector público.
4. Prescribir los sistemas de contabilidad para los entes sujetos a este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, mediante instrucciones y modelos, que serán publicados en la forma, medio y oportunidad que determine la Oficina Nacional de Contabilidad Pública.
5. Asesorar y asistir técnicamente en la implantación de las normas, procedimientos y sistemas de contabilidad que prescriba.
6. Emitir opiniones y atender consultas relacionadas con la interpretación y aplicación de las normas expedidas por la Oficina Nacional de Contabilidad Pública.
7. Organizar el sistema de contabilidad de tal forma que permita conocer permanentemente la situación financiera, el resultado del ejercicio, el flujo de efectivo y el movimiento de las cuentas de patrimonio de los entes sujetos a este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.
8. Llevar la contabilidad de la República y elaborar los estados financieros correspondientes, realizando las operaciones de apertura, ajuste, reclasificaciones y cierre de la misma.
9. Elaborar los estados financieros consolidados del Sector Público, correspondientes al ejercicio económico financiero inmediato anterior y presentarlos dentro del primer semestre del siguiente año al Ministro o Ministra del Poder Popular con competencia en materia de finanzas, para su conocimiento y posterior remisión a los Órganos de Control Fiscal respectivos.
10. Evaluar la aplicación de las normas, procedimientos y técnicas de los sistemas de contabilidad prescritos, y ordenar los ajustes que estime procedentes.
11. Promover o realizar los estudios e investigaciones que se estimen necesarios para el desarrollo de la Ciencia Contable, ejecutar programas de capacitación, asesoría y divulgación de las normas, procedimientos, técnicas y avances sobre contabilidad pública y temas relacionados; así como la participación en eventos de carácter nacional e internacional, a los fines de su actualización permanente.
12. Coordinar con los responsables del control interno y externo de los entes sujetos a este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, la verificación del cumplimiento de las normas en materia del Sistema de Contabilidad Pública, en el ejercicio de las inspecciones que realicen en el marco de sus competencias. 3. Producir información que se utilizará de insumo para la elaboración de las cuentas económicas del sector público, de acuerdo con el sistema de cuentas nacionales.
14. Establecer a través de normas e instrucciones técnicas la organización y funcionamiento del archivo de la documentación producida en la administración financiera del sector público, así como su conservación por medios informáticos, para lo cual deberán aplicarse los mecanismos de seguridad que garanticen su estabilidad, perdurabilidad, inmutabilidad e inalterabilidad.
15. Establecer y definir los estados financieros e informes que deben elaborar y presentar los entes sujetos a este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, en su conjunto, con sus anexos y notas explicativas, señalando la periodicidad, estructura y características que deben cumplir.
16. Elaborar la Cuenta General de Hacienda.
17. Las demás que le confieran las leyes.
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