LA RECONDUCCIÓN
PRESUPUESTARIA: DIFERENTES OPINIONES
1.
La reconducción
presupuestaria como mecanismo de continuidad administrativa
|
Por OscarRomo
21 enero 2013
“¡Ahí viene el lobo,
ahí viene el lobo! Gritaba el pastorcillo mentiroso… hasta que el lobo
efectivamente vino y se comió a las ovejas del rebaño”
La Reconducción
Presupuestaria, llamada también “reconducción presupuestal”, es un recurso contemplado
dentro de la Constitución del país y las constituciones de los estados que
permite y regula el adecuado funcionamiento de las administraciones estatales
–e inclusive del mismo gobierno federal- en aquellos casos en que, habiendo
iniciado un nuevo año fiscal, no se cuente aún con un presupuesto legalmente
aprobado para el año que inicia. No es, por tanto, un instrumento destructivo,
pernicioso o letal que sentencie a muerte a aquellas entidades federativas que,
por falta de consenso en su poder legislativo, se vean obligadas a utilizarlo.
Antes de proseguir, es
necesario establecer con claridad el hecho de que yo no soy un especialista en
la materia, y que por consiguiente en mis planteamientos puedo incurrir en
ciertos errores e imprecisiones por los cuales de antemano ofrezco disculpas al
lector. Lo que me interesa en realidad es ofrecer mis modestos puntos de vista
acerca de esta figura legal que de un tiempo a la fecha se ha venido utilizando
tendenciosamente como una especie de Caja de Pandora, de la cual provienen
todos los males habidos y por haber en lo que toca a las finanzas públicas, en
particular las del Estado de Sonora.
La Reconducción
Presupuestaria es pues una forma de mantener la funcionalidad básica de un
gobierno, ante la eventualidad de no disponer de un presupuesto legalmente
aprobado para su ejercicio. La Reconducción se utiliza durante el tiempo que
sea necesario, en tanto el Poder Legislativo de la entidad de que se trate
resuelve los inconvenientes que ha encontrado. Siendo así, se ejerce el
presupuesto del año inmediato anterior en forma estricta, imponiendo ciertas
restricciones que la ley establece, como por ejemplo el cobro de nuevos
impuestos, la contratación de nuevas obras y servicios, etcétera, restricciones
que de ninguna manera impiden el correcto funcionamiento del gobierno en los
demás aspectos. Bien ejercida, la Reconducción Presupuestaria permite que el
desempeño de un gobierno sea absolutamente normal, independientemente de las
restricciones que se contemplen.
En el caso de Sonora,
que desde luego es el que nos interesa, se ha manoseado, tergiversado, torcido
y desvirtuado perversamente el sentido estricto de la Reconducción
Presupuestaria que hubo necesidad de implementar durante los ocho primeros
meses del año 2012, y que, al decir del gobernador Guillermo Padrés y sus
personeros, ha sido la causa de la bancarrota virtual de las finanzas
estatales. Una distorsión aceptada y utilizada en forma aviesa por los medios
que aceptan sin investigar ni inquirir, e inclusive por las fuerzas de
oposición para justificar su actuación durante el proceso de aprobación del
paquete fiscal enviado por el Ejecutivo para el año 2013. Este es el terreno
fértil donde del “nuevo sonora” ha sembrado las simientes del disenso y la discordia.
Es su estilo, y es el sello de la casa.
Si la Reconducción
Presupuestaria se encuentra incluida en todas las constituciones del país, debe
ser una figura perfectamente estudiada y perfeccionada al máximo, tomando en
consideración el hecho de que debe servir para casos extremos que generalmente
desembocan en situaciones delicadas, y a veces hasta explosivas. Si fuera
inconveniente, y generara los peligros que dicen los señores del gobierno de
Sonora, simple y sencillamente no estuviera vigente, y hace mucho se hubiera
desechado, aquí y en todo el resto del país, cosa que no ha sucedido, ni se
espera que suceda. ¿Luego entonces?
Para empezar a
visualizar qué es lo que ha pasado y está pasando en nuestro estado en materia
financiera y fiscal, debemos retroceder un poco en el tiempo y estudiar con
detenimiento los reportes del ISAF correspondientes a los ejercicios de los
años 2010 y 2011, que son los que están disponibles. En ellos está gran parte
de los motivos y las razones de la precaria situación financiera en que se
encuentra el Estado de Sonora. No pretendo realizar una exposición detallada de
sus contenidos, pero baste decir que ambos reportes contienen miles de millones
de pesos cuyo empleo se cuestiona, y miles de observaciones sobre irregularidades
de todo tipo, cuya explicación se demanda.
Después de la terrible
debacle habida en el 2012 es de esperar que el siguiente reporte del ISAF sea
todavía más escandaloso y contundente, dado que el 2012 fue el año en que de
enero a agosto el gobierno tuvo que sujetarse a una Reconducción Presupuestaria
que, dicho sea a calzón quitado, se aplicó con las patas, al desmadre, y sin
respetar ninguna de las reglas de operación que contempla. Las hordas
depredadoras hicieron su agosto, metiendo mano a discreción en las partidas
presupuestales sin importar los efectos terriblemente nocivos del monumental
desorden, cubierto desde luego por la opacidad informativa y la impunidad que,
precaria y todo, aún les protege. No fue entonces la Reconducción Presupuestaria
la causa de la debacle, sino la forma absolutamente incorrecta e indebida como
se utilizó e implementó. Eso que quede claro.
Nos encontramos
ahogados en palabras. Empapados de argumentos correctos e incorrectos. Sonora
se ha convertido en una Torre de Babel en medio de las arenas de un desierto de
ideas, de un páramo yermo e inhóspito donde se ha desterrado el honor, la
decencia y la honestidad, y se rinde tributo a la majadería oficial, a la
deshonestidad rampante, a la colusión nauseabunda entre los poderes oficiales y
los fácticos que danzan enloquecidos en una francachela de trapacerías e
ilegalidades. Hemos abierto las puertas del infierno de la corrupción, y las
vaharadas pestilentes que salen de sus entrañas nos sofocan cuerpo y espíritu.
Dentro de ese
escenario deprimente y desolador surge un atisbo de luz, una pálida claridad en
la noche oscura e insondable de las esperanzas perdidas. El pueblo, entendido
como la masa informe aplastada, apachurrada por el pie del tirano opresor, ha
decidido sacudirse las cáscaras de ignominia que lo aprisionan y empieza a
ponerse en movimiento. Ha decidido que la tolerancia es una virtud que no puede
aplicarse a los que abusan del poder y de los fueros que la ley les otorga. Ha
emprendido la marcha por un camino que casi nunca ha transitado, y que encierra
sin duda peligros inminentes. El autoritarismo y la represión acechan en cada
recodo, pero a la gente ya no le importa. Ha decidido que es mil veces peor
mantenerse en la sumisión que levantarse en rebelión.
Pero atención: No hay
que perder la cabeza y la cordura. Es necesario mantener la calma y la mirada
fija en el punto de destino. No es posible destruir lo bueno en la búsqueda de
erradicar lo malo. Las instituciones que nos hemos dado deben ser preservadas a
toda costa para beneficio de todos los sonorenses, de todos los mexicanos. Las
únicas instituciones que debemos demoler, pero desde sus cimientos, son la de
la corrupción y su hermana siamesa la impunidad. Ahí debemos de concentrar los
golpes de martillo, los golpes de voluntad, hasta que caigan hechos añicos. No
más impunidad, no más corrupción, y tendremos un país diferente, mejor, más
sano, más justo y equitativo.
Pero para que eso
suceda tenemos que sacar la gran escoba de la indignación popular y barrer con
ella la inmensa cantidad de basura que nos está asfixiando. La basura inmunda
de la opacidad, la mentira y el encubrimiento que permea de arriba a abajo
todas las estructuras de gobierno en sus tres niveles y, digámoslo de una buena
vez, de la sociedad en su conjunto. No podemos pretender limpiar la casa cuando
lo hacemos nada más por encimita, sin buscar debajo de las alfombras y por
todos los rincones. Cero mentiras, cero permisividad, cero autoengaño y cero
tolerancia. Todos coludos o todos rabones, y así si baila mi hija con el señor.
Todo esto viene a
colación por el discurso que se han sacado de la manga los legisladores del
PAN, porque los del PANAL -la otra facción que aprobó el alza indiscriminada de
impuestos y contribuciones- es muda y no aparece por ningún lado, avergonzada
sin duda por su abyecta sumisión. El discurso que traen los diputados panistas,
y que repiten como pericos todos y cada uno de ellos, es que debemos contribuir
todos para que los municipios puedan hacer obras, olvidando que eso siempre ha
sido una exigencia que, bien o mal, se ha cumplido, y que cuando no se ha
cumplido ha sido porque los gobernantes en turno desvían los recursos o les dan
mal uso. Pero los fondos siempre han estado ahí, especialmente durante los
últimos años, en que los recursos que envía la federación han crecido en forma
impresionante. ¿Dónde han ido a parar? He ahí la cuestión.
El buen o mal uso que
de ellos se haya hecho es responsabilidad del gobierno en turno, y por supuesto
de cada autoridad municipal, que desde luego debe rendir cuentas puntuales, y
que además ha ejercido libremente su derecho a endeudarse hasta donde los
legisladores lo autoricen. De manera que salir ahora con el petate del muerto
diciendo que si los sonorenses no pagamos la tenencia vehicular, los municipios
de Sonora no podrán cumplir sus compromisos y, peor aún, que el estado caerá en
la insolvencia financiera es mentir con total desfachatez. Es oportuno recordar
que durante los tres años anteriores por las manos de Padrés ha pasado la
friolera de 120 mil millones de pesos, que no son cualquier baba de perico.
En la corrupción
generalizada que existe en este gobierno, en el enriquecimiento “explicable” de
la totalidad de los funcionarios, en el crecimiento inaudito del gasto
corriente, en el dispendio escandaloso, en la ineficiencia operativa, en la
inmoralidad generalizada y, en fin, en el desastroso manejo de las finanzas
públicas está la explicación del desastre, y no en la negativa de pago de una
tenencia que, por lo demás, los sonorenses no aceptamos ni aceptaremos. He ahí
la situación, al margen de los discursos demagógicos de los panistas, que no
pueden negar la cruz de su parroquia.
3.
RECONDUCCIÓN PRESUPUESTARIA
PROF. NAYIBE ABLAN
CAUSAS
·
El Ejecutivo no
presenta en el plazo estipulado el proyecto
·
El proyecto es
rechazado o no aprobado por la Asamblea antes del 15/12 de cada año
CONSECUENCIA
·
El Ejecutivo pone en
vigencia el presupuesto reconducido, ajustando los ingresos, gastos, las
operaciones de financiamiento y los objetivos y metas
VIGENCIA DE LA RECONDUCCIÓN O APROBACIÓN DE UN
NUEVO PRESUPUESTO:
Si se aprueba una
nueva ley durante el 1er. Trimestre del año, esta regirá desde el 01/04 al
31/12 Si para el 31/03 no hubiere sido sancionada dicha ley, el presupuesto reconducido
seguirá vigente hasta el 31/12
4. CICLO PRESUPUESTARIO MUNICIPAL EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO VENEZOLANO
PATRICIA C. HERNÁNDEZ H.
VIERNES, 22 DE FEBRERO DE 2008
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
La Ley antes citada
establece un plazo específico para dicha aprobación, conforme el artículo 233
eiusdem, el cual dispone: “El proyecto de ordenanza de ingresos y gastos del
ejercicio financiero y el Plan Operativo Anual debe ser sancionado por el Consejo
Municipal, antes del 15 de diciembre del año anterior a la entrada en vigencia
de dicho presupuesto”.
La aprobación por parte del Consejo Municipal de la Ordenanza de ingresos y gastos está limitada en lo que respecta al Presupuesto de Inversión aprobado por el Consejo Local de Planificación Pública, prevaleciendo las decisiones de esta última en caso de no coincidencia en la voluntad de ambas instancias, como ya hemos analizado el artículo 39 de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública.
No obstante, la limitación señalada anteriormente, es posible que la Ordenanza de Ingresos y gastos del Municipio, no sea aprobado en su conjunto por el Concejo Municipal, para ello se prevé que también se aplique la reconducción del presupuesto del ejercicio anterior, conforme el artículo 233 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (2006) y el cual ordena que para ello, deberán observarse, en cuanto sean aplicables, las disposiciones legales sobre la materia.
Conforme el artículo 234 eiusdem, “En caso de ser reconducido el presupuesto, el alcalde o alcaldesa ordenará la publicación en la Gaceta Oficial, incluyendo los ajustes a a que hubiere lugar”, tales ajustes son señalados en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (2005), en cuanto sean aplicables.
Para concluir esta segunda etapa en el ciclo presupuestario municipal podemos señalar que “Si para el 31 de marzo, el Concejo Municipal no hubiese sancionado la ordenanza de presupuesto de ingresos y gastos, el presupuesto reconducido se considerará definitivamente vigente hasta el 31 de diciembre”, conforme el artículo 235 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.