lunes, 11 de junio de 2012

LA PROGRAMACION PRESUPUESTARIA

PARTE 2


MOMENTOS:
INGRESOS
       INGRESOS
v  CAUSACIÓN: ES EL MOMENTO EN QUE NACE EL DERECHO DE PERCIBIR EN INGRESO EN RAZÓN DE LA VENTA DE BIENES Y SERVICIOS O DE DISPOSICIONES LEGALES (TRIBUTOS) QUE ESTABLECEN ESE DERECHO.
v  LIQUIDACIÓN: MOMENTO EN QUE SE DETERMINA LA CUANTÍA DE ESE DERECHO, EL CUAL SE PERFECCIONA MEDIANTE UN ACTO ADMINISTRATIVO.
v  RECAUDACIÓN: MOMENTO EN EL CUAL SE EXTINGUE ESE DERECHO, MEDIANTE LA TRANSFERENCIA AL ACREEDOR DE PARTE DEL PATRIMONIO DEL DEUDOR, A OBJETO DE ELIMINAR LA DEUDA.
GASTOS
v  COMPROMISO: ES EL ACTO ADMINISTRATIVO MEDIANTE EL CUAL SE AFECTA PREVENTIVAMENTE UN CRÉDITO PRESUPUESTARIO, CON EL OBJETO DE GARANTIZAR EL REGISTRO DE UN GASTO.
v  GASTO CAUSADO : MOMENTO EN EL QUE SE HACE EXIGIBLE EL PAGO CON TERCEROS, YA SEA POR LA RECEPCIÓN DE BIENES O SERVICIOS, O POR DISPOSICIONES LEGALES O CONTRACTUALES.
v  PAGO: MOMENTO EN EL CUAL SE EXTINGUE LA OBLIGACIÓN CON TERCEROS. SE REGISTRAN A TRAVÉS DE ALGUNO DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: ORDENES DE PAGO CANCELADAS, CHEQUES EMITIDOS, ETC.
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
·          LA DEFINICION

LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS CONSISTEN EN CAMBIOS QUE SE EFECTÚAN A LOS CRÉDITOS ASIGNADOS A LOS PROGRAMAS, SUBPROGRAMAS, PROYECTOS, OBRAS, PARTIDAS, SUBPARTIDAS, GENÉRICAS, ESPECÍFICAS Y SUBESPECÍFICAS QUE EXPRESAMENTE SE SEÑALEN EN LA LEY U ORDENANZA DE PRESUPUESTO Y SU RESPECTIVA DISTRIBUCIÓN GENERAL DE CADA AÑO, PARA LOS DIFERENTES ORGANISMOS

·          ORIGENES

  • SUBESTIMACIONES O SOBREESTIMACIONES DE LOS CRÉDITOS ASIGNADOS ORIGINALMENTE EN LA LEY O DE LA ORDENANZA DE PRESUPUESTO.
  • INCORPORACIÓN DE NUEVOS PROGRAMAS.
  • REAJUSTE DE GASTOS ACORDADOS POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA O GOBERNADOR O ALCALDE,  CON MIRAS A UN USO MÁS RACIONAL DE LOS MISMOS O MOTIVADO POR SITUACIONES DE TIPO COYUNTURAL NO PREVISTAS.
  • CAMBIO DE LAS METAS O VOLÚMENES DE TRABAJO EN LOS PROGRAMAS QUE DESARROLLA EL ORGANISMO.
  • GASTOS NO PREVISTOS.
  • DISMINUCION DE LOS INGRESOS  PREVISTOS


·          TIPOS
CRÉDITOS ADICIONALES:
SON INCREMENTOS A LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS QUE SE ACUERDAN A LOS PROGRAMAS, SUBPROGRAMAS, PROYECTOS, OBRAS, PARTIDAS, SUBPARTIDAS, GENÉRICAS, ESPECÍFICAS Y SUBESPECÍFICAS QUE EXPRESAMENTE SEÑALEN LA LEY DE PRESUPUESTO Y LA DISTRIBUCIÓN GENERAL DE CADA AÑO.
RECTIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE GASTOS:


SON INCREMENTOS DE CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS QUE SE ACUERDAN A LOS PROGRAMAS, SUBPROGRAMAS, OBRAS, PARTIDAS Y SUBPARTIDAS, GENÉRICAS, ESPECÍFICAS Y SUBESPECÍFICAS DE LOS ORGANISMOS, PARA GASTOS NECESARIOS NO PREVISTOS O QUE RESULTEN INSUFICIENTES
INSUBSISTENCIA O ANULACIONES DE CRÉDITOS:


ES UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA MEDIANTE LA CUAL SE ANULAN, TOTAL O PARCIALMENTE, LOS CRÉDITOS NO COMPROMETIDOS ACORDADOS A PROGRAMAS SUBPROGRAMAS, PROYECTOS, OBRAS, PARTIDAS, SUBPARTIDAS, GENÉRICAS, ESPECÍFICAS Y SUBESPECÍFICAS DE LA LEY DE PRESUPUESTO; CONSTITUYE UNA DE LAS MODIFICACIONES QUE PROVOCA REBAJA A LOS CRÉDITOS DEL PRESUPUESTO DE GASTOS.
AJUSTES EN LOS CRÉDITOS POR REDUCCIÓN DE INGRESOS:


ES UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA MEDIANTE LA CUAL SE ANULAN TOTAL O PARCIALMENTE LOS CRÉDITOS NO COMPROMETIDOS ACORDADOS A PROGRAMAS, SUBPROGRAMAS, PROYECTOS, OBRAS, PARTIDAS, SUBPARTIDAS, GENÉRICAS, ESPECÍFICAS Y SUBESPECÍFICAS DE LA LEY U ORDENANZA DE PRESUPUESTO.
TRASPASOS DE CRÉDITOS:


CONSISTE EN UNA REASIGNACIÓN DE CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS ENTRE PARTIDAS Y SUB PARTIDAS GENÉRICAS, ESPECÍFICAS Y SUBESPECIFICAS DE UN MISMO PROGRAMA O DISTINTOS PROGRAMAS QUE NO AFECTAN EL TOTAL DE LOS GASTOS PREVISTOS EN EL PRESUPUESTO.




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