ARTICULO
ESCRITO POR EL MAESTRO DE MAESTRO EN EL CAMPO PRESUPUESTARIO: VICTOR
ARRIECHI:
CON MIS PALABRAS DE RESPETO Y ADMIRACION
PARTE 8
.
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DE LA FICHA DE PROYECTO
(1) Órgano Responsable:
Comprende la
codificación presupuestaria y nombre del Ministerio u Organismo de Autonomía
Funcional, responsable del proceso
(2) Órgano o ente Ejecutor)
Comprende la
codificación presupuestaria y nombre del Órgano O Ente encargado de poner en
marcha el proyecto, al cual se le otorgarán los recursos para su ejecución.
(3) Proyecto
Se refiere a la codificación y nombre del
proyecto que se presenta
(4) identificación del proyecto
Comprende la información básica inicial que se
requiere del proyecto; a saber:
Áreas
estratégicas: Ámbito de acción de gobierno donde se
ubica el proyecto; al respecto, se
identifican como tales a los cinco polos de equilibrios expresados en las
Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social 2001 – 2007
Objetivo
estratégico: logros que el Ejecutivo (Nacional,
Estadal o Municipal) se propone alcanzar en relación con el desarrollo del país
y atender los problemas o demandas de la sociedad, en un tiempo determinado.
Objetivo específico del proyecto: es la
situación objetivo a alcanzar como consecuencia de la ejecución del proyecto
(Transformación o mejora de la situación inicial).
Resultado del
proyecto: es el producto, bien o servicio que se
materializa con la ejecución del proyecto.
Unidad de Medida: expresión con la cual es susceptible de medir el producto o resultado
final
Meta del
Proyecto: es la
cuantificación del bien o servicio que se espera entregar a la población
objetivo del proyecto
Fecha de inicio:
es la fecha de inicio del proyecto, establecida en día, mes y año
Fecha de
finalización: es la fecha de finalización del
proyecto, establecida en día, mes y año.
Costo total del
proyecto Comprende
los recursos financieros necesarios para el logro del resultado del proyecto.
(5) Situación del proyecto
Comprende el estatus de la ejecución de las
acciones específicas del proyecto:
Proyecto por
iniciar es
aquel proyecto factible al cual se le aprobaron y asignaron los recursos para que se inicien las acciones
específicas del mismo.
Proyecto a
reactivar: Proyecto factible que contó con los
recursos en el ejercicio actual o en anteriores en el cual la ejecución de
todas sus acciones específicas fueron suspendidas durante un año fiscal o sus
recursos financieros asignados sean utilizados para otro proyecto o fin.
Proyecto en
ejecución: Proyecto en el cual se está realizando al
menos una acción específica programada dentro de su cronograma de actividades.
(6) Asignación de recursos al proyecto por
fuentes de financiamiento
Recursos monetarios
de los órganos o entes del sector público provenientes de la captación de
ingresos o de operaciones de financiamiento, destinadas a costear los proyectos
que formule el organismo.
(7) Conceptos:
Recursos ordinarios:
Recursos periódicos
y permanentes de la República, las Entidades Federales y los Municipios de fuentes tradicionales como son los impuestos, tasas y otros medios
periódicos de financiamiento del Estado.
Endeudamiento público
Recursos derivados
de empréstitos contratados por la República, las Entidades Federales y los
Municipios, de acuerdo a las normas legales correspondientes; constituyen una
operación de financiamiento. Comprende
los flujos de recursos que se derivan de la Ley Especial de
Endeudamiento y se destinen a financiar a los proyectos de los entes (Programas
y Proyectos, Deuda Pública, Gestión Fiscal, Pago de Pasivos Laborales, Etc.)
Otras Fuentes
Incluye ingresos
fiscales no recurrentes de carácter eventual o cuya vigencia no exceda de tres
(3) años, de acuerdo a lo dispuesto en el ordenamiento legal vigente, así como
recursos provenientes de las existencias del tesoro no comprometidas al 31 -12
del ejercicio fiscal anterior, entre otras.
Ingresos propios
del organismo
Agrupa a los
ingresos de operación (Ingresos totales brutos por la venta de bienes y
servicios relativos al objeto social de la entidad. Las deducciones de descuentos,
bonificaciones, etc., por política comercial o contratos, debe n considerarse
como gastos de comercialización), ingresos ajenos a la operación excluidas las
transferencias (Ingresos propios de los entes descentralizados, que no
corresponden a sus operaciones normales) o que provengan de transferencias de fondos a la institución, ingresos por recursos propios de
capital (Ingresos cuyo origen es la
venta de activos fijos – e intangibles, venta de existencias de
inventarios e incremento de la depreciación y amortización acumulada),
disminución de otros activos financieros (comprende la venta de títulos y
valores, acciones, etc. , que el ente estima realizar para financiar el
proyecto), incremento de pasivos (comprende la contratación de deuda,
autorizada por los niveles correspondientes, que el ente estima concertar para
financiar el proyecto).
(8, 9 10 Y 11)
Expresa los periodos: al 31/12/05, 2006,
2007 y años posteriores.
Comprende las
asignaciones que se han otorgado o se programa otorgar para la consecución del
proyecto. Los denominados al 31/12/2005. Comprende la sumatoria algebraica de
los recursos ejecutados hasta la fecha, los correspondientes al 2006, 2007 y
posteriores, comprenden la programación del flujo de recursos que se estima
necesitar para el ejercicio fiscal a presupuestar y los posteriores, de ser el
caso.
(12) Total:
Comprende la
sumatoria de las asignaciones de recursos que se han otorgado o se programa
otorgar para la consecución del proyecto.
(13) Imputación
Presupuestaria de los Egresos del Proyecto.
Comprende la
asignación por partidas que los órganos o entes del sector público estiman
ejecutar en pro de la consecución del proyecto.
(14) Conceptos del
Gasto
4.01. Gastos de personal
Incluye
remuneraciones por sueldos, salarios y otras retribuciones, así como
compensaciones según las escalas, primas, complementos, aguinaldos, utilidades,
aportes patronales, obvenciones, subvenciones, prestaciones sociales, otras
indemnizaciones y cualquier otra remuneración o beneficio correspondiente a
trabajadores del sector publico de conformidad con el ordenamiento jurídico y
convenciones colectivas de trabajo. Igualmente incluye las remuneraciones de
los funcionarios de los órganos legislativos, nacional, estadal y municipal; y
del personal militar.
4.02. Materiales,
suministros y mercancías
Considera a todos
aquellos que reúnan una o más de las siguientes condiciones: a) Tienen un
periodo corto de uso y durabilidad, generalmente no mayor de un año, b) pierden
sus características de identidad por el uso, y c) Materiales, suministros y
mercancías que no cumplan con las características anteriores, pero su costo unitario
es relativamente bajo. El corto uso significa: a) desaparición por primer uso,
b) rápido desgaste o deterioro y c) pérdida posterior, frecuente o inevitable.
La pérdida de
características se refiere a los
artículos que al colocarlos, agruparlos o
aplicarlos a otros o al transformarlos, desaparecen como unidad o materia
independiente o pierden sus características propias, tal es el caso de los
materiales de construcción que pierden su identidad al formar parte de las
estructuras a que se han destinado, como los cauchos, baterías y similares. Que
al colocarlos, forman parte del vehículo.
Se incluyen es esta
partida, los materiales, suministros y mercancías y las maquinarias y equipos
que se adquieren para la venta por las instituciones que realizan acciones de
comercialización.
4.03. Servicios no
personales
Servicios prestados
por personas jurídicas, tanto para realizar acciones jurídicas, administrativas
o de índole similar., como para mantener los bienes de la institución en
condiciones normales de funcionamiento. Incluye alquileres de inmuebles y
equipos; servicios básicos; servicios de transporte y almacenaje, servicios de
información, impresión y relaciones públicas, primas y otros gastos de seguro y
comisiones; viáticos y pasajes, Servicios profesionales y técnicos;
Conservación y reparaciones menores de maquinaria y equipos y reparaciones
menores de inmuebles, construcciones temporales; servicios de construcción de
edificaciones para la venta y otros servicios.
4.04. Activos reales.
Comprende los
gastos por compra de maquinarias y equipos nuevos y sus adiciones y
reparaciones mayores realizados por los organismos con terceros. Incluye, de
igual modo, las construcciones, adiciones y reparaciones mayores de
edificaciones y obras de infraestructura de dominio público y privado que
realiza el Estado mediante terceros, así como los semovientes, activos
intangibles y otro tipo de activos reales que reúna como mínimo las siguientes
características: a)Largo uso y duración. Son de carácter permanente. En este
sentido, las maquinarias y equipos son de naturaleza tal, que pueden utilizarse
en forma continua, por un largo tiempo, sin perder sus características ni
deteriorar perceptiblemente sus estado; c) Alto costo. Son bienes cuyo costo
unitario es significativo, lo que amerita considerarlos como bienes nacionales
o activos fijos.
4.05. ACTIVOS FINANCIEROS
Aportes de capital
que realicen los organismos del sector público a otros entes del mismo sector,
al sector privado o al sector externo, que no suponen la contraprestación de
bienes o servicios y cuyos importes no son reintegrables por los beneficiarios,
por lo que se constituyen en un aumento del patrimonio del organismo que lo
recibe. Se incluye además la adquisición de títulos, valores, concesión de
préstamos, aumento de activos financieros y la variación por aumento de
inventarios.
4.06. GASTOS DE
DEFENSA Y SEGURIDAD DEL ESTADO
Se incluyen en esta
partida, los gastos tipificados por la Contraloría General de la República como
Gastos de Seguridad y Defensa del Estado.
4.07. TRANSFERENCIAS Y DONACIONES
Aportaciones que
realicen los organismos del sector público a otros entes públicos, al sector
privado o al sector externo y que no suponen
contraprestación de bienes o servicios y cuyos importes no serán
reintegrados por los beneficiarios. Incluye las transferencias para organismos
públicos o privados, que por acuerdos genera una contraprestación.
4.08. OTROS GASTOS.
Se incluyen en esta
partida, gastos corrientes de uso por los entes descentralizados del sector
público no contemplados en las partidas anteriores. Los conceptos que se
incluyen, no necesariamente originan egresos financieros, pero en todos los
casos, representan gastos o costos del organismo.
4.09. ASIGNACIONES NO DISTRIBUIDAS
Se imputan en esta
partida, los créditos presupuestarios asignados a la Asamblea Nacional y a
otros organismos con autonomía funcional; axial mismo, los centralizados en el
Ministerio de Finanzas, para ser distribuidos entre los organismos y unidades
ejecutoras de la Administración Pública.
4.10. SERVICIO DE
LA DEUDA PÚBLICA
Amortización,
intereses y otros gastos financieros originados en operaciones reguladas por la
Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público en el Titulo II
del Sistema de Crédito Público, sean estas de corto y largo plazo. Comprende
también el pago de otras obligaciones financieras que no representan deuda
pública y la disminución de otros pasivos financieros contraídos por el sector
público.
4.11. DISMINUCIÓN
DE PASIVOS
Aplicación
financiera que surge por la variación entre el saldo inicial y final de la
cuenta de Pasivos, cuando el saldo final es menor que el saldo inicial en un
periodo determinado.
4.12. DISMINUCIÓN
DEL PATRIMONIO
Aplicación
financiera originada por la variación entre el saldo inicial y el final de la
cuenta patrimonio, cuando el saldo final es menor que el saldo inicial en el
periodo correspondiente. La cuenta patrimonio representa el monto neto a favor
del propietario de la institución por su inversión de capital social, reservas
y utilidades acumuladas
4.98.
RECTIFICACIONES AL PRESUPUESTO
Se incluyen en esta
partida los créditos presupuestarios para atender, de conformidad con el
ordenamiento jurídico que rija en los poderes nacional, estadal y municipal,
los gastos imprevistos que se presenten en el transcurso del ejercicio, para
aumentar los créditos presupuestarios que resulten insuficientes o para cubrir
gastos por nuevos proyectos del organismo. En los niveles de gobierno estadal y
municipal, el monto máximo de este concepto, es el que se haya establecido en
ordenamiento jurídico. Para la Administración Descentralizada, la cifra debe
determinarse en el proceso de formulación del proyecto de presupuesto y contar
con la aprobación del organismo de adscripción o tutela, oída la opinión de la
Oficina Nacional de Presupuesto.
(15). ACCIÓN
ESPECÍFICA
En los proyectos,
son aquellas operaciones concretas, suficientes, medibles y cuantificables
anualmente, necesarias para lograr el resultado del proyecto.
16. EJECUCIÓN
FÍSICA
Comprende el avance
de la eje4cución de las actividades específicas, en términos de las metas
medibles establecidas.
(17 y 18). CÓDIGO Y
DENOMINACIÓN
Numeración y nombre
de la Acción Específica.
(19). PLAZO DE EJECUCIÓN
Es el periodo de
tiempo durante el cual se realizará el bien, servicio o la acción específica.
Inicio: Momento en el cual se le aprueban y asigna recursos presupuestarios a
las acciones específicas y comienzan a ejecutarse las actividades.
Fin: Momento en el cual se realiza la última actividad de una acción
específica.
(20). UNIDAD DE
MEDIDA
Expresión con la
cual es susceptible de medir el producto o resultado de la acción específica
correspondiente.
(21). META TOTAL:
Es la
cuantificación del bien o servicio que
se espera obtener con el desarrollo de las acciones específicas.
(22). META ANUAL:
Es la
cuantificación del bien o servicio que se espera obtener en un periodo fiscal, con el desarrollo de las
acciones específicas
Al 31/12/05, 2006,
2007 y posteriores
Comprende los
avances físicos que se han logrado o que se programan alcanzar en cada
ejercicio fiscal. Los denominados al 31/12/05 es la sumatoria algebraica del
avance físico, los correspondientes al 206,2007 y posteriores, comprenden la
programación de la ejecución física que se estima realizar para el ejercicio
fiscal a presupuestar y los posteriores, de se el caso.
(23) PERIODICIDAD
DE LA MEDICIÓN
Es la temporalidad
con la cual se controlará la ejecución de la meta, a los fines de verificar su
adecuado avance, y en caso contrario, tomar las medidas correctivas del caso.
(24) EJECUTOR
Es la unidad u
órgano responsable de ejecutar directamente, o por medio de la contratación con
terceros, la acción específica determinada.
(25) EJECUCIÓN FINANCIERA
Comprende la
rendición y programación anual de los recursos financieros otorgados para
llevar a cabo las acciones específicas de los proyectos, que contribuyen al
logro de los resultados del mismo.
(26) MONTO INICIAL
TOTAL EN MIL. DE BOLÍVARES
Comprende el
estimado inicial total de recursos necesarios para la consecución de cada una
de las acciones específicas de los proyectos.
(27). MONTO TOTAL
EN MILL. DE BOLÍVARES
Es el estimado
actualizado total de recursos necesarios para la consecución de cada una de las
acciones específicas de los proyectos. Comprende la suma algebraica de los
recursos financieros ejecutados, más la programación de los recursos
financieros necesarios para la consecución de las acciones específicas,
ajustados por factores económicos como la devaluación, inflación, etc.
(28) MONTOS ANUALES
EN MILL. DE BOLÍVARES
Comprende las
asignaciones de recursos que se han otorgado o se programan otorgar para la
conssecuci8ón de cada una de las acciones específicas de los proyectos. Los
denominados al 31/12/05 comprenden la sumatoria algebraica de los recursos
financieros ejecutados hasta la fecha, correspondientes al 2006,2007 y
posteriores, comprenden la programación del flujo de recursos que se estiman
necesitar para el ejercicio fiscal a presupuestar y los posteriores, de ser el
caso.
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