martes, 22 de mayo de 2012

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Posted: 19 May 2012 04:27 AM PDT
En economía y finanzas, el arbitraje es una práctica que consiste en sacar provecho de la diferencia de precio entre dos o más mercados, combinando ofertas complementarias para capitalizar el desequilibrio, siendo el beneficio la diferencia entre los precios de mercado.
Teóricamente hablando, el arbitraje es una transacción que no implica un cash flow negativo en ningún estado probabilístico o temporal, y sí un cash flow positivo en al menos un estado. En términos simples: es la posibilidad de un beneficio sin riesgos y sin costes.
En principio y en teoría, el arbitraje está libre de riesgos. Comúnmente, como en el arbitraje estadístico, puede referirse a beneficios esperados, aunque también puede haber pérdidas; y en la práctica, siempre hay riesgos en el arbitraje, algunos menores (como fluctuaciones o precios que disminuyan los márgenes de beneficios) y algunos mayores (como la devaluación de una divisa o un derivado). En la teoría, el arbitraje implica sacar provecho de las diferencias de precio de un único activo o de idénticos cash flows. Comúnmente, también se utiliza para referirse a diferencias entre activos similares (valor relativo u operaciones convergentes), como en el arbitraje de fusión.
Las personas que participan en el arbitraje reciben el nombre de arbitrajistas y suelen ser bancos o agencias de inversión. El término se utiliza principalmente a la hora de negociar con instrumentos financieros, tales como bonos, acciones, derivados, materias primas o divisas.
Si los precios de mercado no permiten un arbitraje con beneficios, se dice que los precios constituyen un arbitraje de equidad o un mercado sin arbitraje. El arbitraje de equidad es condición previa para un equilibrio económico general. La suposición de que no hay arbitraje se utiliza en finanzas cuantitativas para calcular un precio único con riesgo neutral para los derivados.
El arbitraje es posible cuando se da una de estas tres condiciones:
  1. El mismo activo no se negocia al mismo precio en todos los mercados (“ley del precio único”).
  2. Dos activos con idénticos cash flows no se negocian al mismo precio.
  3. Un activo con un precio conocido en el futuro, no se negocia hoy a su futuro precio descontado a la tasa de interés sin riesgo.
El arbitraje no es solo el acto de comprar un producto en un mercado y venderlo en otro por un precio más alto en un momento posterior. Las transacciones deben ocurrir de forma simultánea para evitar la exposición al riesgo de mercado o al riesgo de que los precios puedan cambiar en un mercado antes de que las dos transacciones se hayan completado. En términos prácticos, esto, por lo general, solo es posible con valores y productos financieros que se puedan negociar electrónicamente e, incluso entonces, cuando cada tramo de la transacción es ejecutado, los precios del mercado pueden haberse movido. La pérdida de uno de los tramos de la transacción (y, consecuentemente, la necesidad de tener que negociarlo después a un precio más bajo) se conoce como “riesgo de ejecución”.

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Posted: 19 May 2012 04:27 AM PDT
En economía y finanzas, el arbitraje es una práctica que consiste en sacar provecho de la diferencia de precio entre dos o más mercados, combinando ofertas complementarias para capitalizar el desequilibrio, siendo el beneficio la diferencia entre los precios de mercado.
Teóricamente hablando, el arbitraje es una transacción que no implica un cash flow negativo en ningún estado probabilístico o temporal, y sí un cash flow positivo en al menos un estado. En términos simples: es la posibilidad de un beneficio sin riesgos y sin costes.
En principio y en teoría, el arbitraje está libre de riesgos. Comúnmente, como en el arbitraje estadístico, puede referirse a beneficios esperados, aunque también puede haber pérdidas; y en la práctica, siempre hay riesgos en el arbitraje, algunos menores (como fluctuaciones o precios que disminuyan los márgenes de beneficios) y algunos mayores (como la devaluación de una divisa o un derivado). En la teoría, el arbitraje implica sacar provecho de las diferencias de precio de un único activo o de idénticos cash flows. Comúnmente, también se utiliza para referirse a diferencias entre activos similares (valor relativo u operaciones convergentes), como en el arbitraje de fusión.
Las personas que participan en el arbitraje reciben el nombre de arbitrajistas y suelen ser bancos o agencias de inversión. El término se utiliza principalmente a la hora de negociar con instrumentos financieros, tales como bonos, acciones, derivados, materias primas o divisas.
Si los precios de mercado no permiten un arbitraje con beneficios, se dice que los precios constituyen un arbitraje de equidad o un mercado sin arbitraje. El arbitraje de equidad es condición previa para un equilibrio económico general. La suposición de que no hay arbitraje se utiliza en finanzas cuantitativas para calcular un precio único con riesgo neutral para los derivados.
El arbitraje es posible cuando se da una de estas tres condiciones:
  1. El mismo activo no se negocia al mismo precio en todos los mercados (“ley del precio único”).
  2. Dos activos con idénticos cash flows no se negocian al mismo precio.
  3. Un activo con un precio conocido en el futuro, no se negocia hoy a su futuro precio descontado a la tasa de interés sin riesgo.
El arbitraje no es solo el acto de comprar un producto en un mercado y venderlo en otro por un precio más alto en un momento posterior. Las transacciones deben ocurrir de forma simultánea para evitar la exposición al riesgo de mercado o al riesgo de que los precios puedan cambiar en un mercado antes de que las dos transacciones se hayan completado. En términos prácticos, esto, por lo general, solo es posible con valores y productos financieros que se puedan negociar electrónicamente e, incluso entonces, cuando cada tramo de la transacción es ejecutado, los precios del mercado pueden haberse movido. La pérdida de uno de los tramos de la transacción (y, consecuentemente, la necesidad de tener que negociarlo después a un precio más bajo) se conoce como “riesgo de ejecución”.

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